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Asunción y Ángeles y Demonios (IV-V)

Las cofradías egabrenses en la segunda mitad del siglo XVIII (I)

14.03.20 - Escrito por: Antonio Moreno Hurtado

Las cofradías representaban la forma más común de asociación de vecinos creyentes, especialmente a partir del Concilio de Trento, que fomentaba la participación pública de los fieles en las celebraciones religiosas. Nacía así lo que podríamos llamar el asociacionismo religioso seglar.

La Semana Santa se convertía en algo así como el símbolo de la memoria cultural e histórica de los españoles. El auge de las hermandades y cofradías fue grande, especialmente a lo largo del siglo XVII. Se calcula que, a mediados del siglo XVIII, había en España más de 30.000 agrupaciones de fieles.

Pero la Ilustración, que inspiró profundos cambios económicos, culturales y sociales desde mediados del siglo XVIII, fue poco proclive al funcionamiento y progreso de las cofradías españolas.

Ya en el año 1744, el obispo don Miguel Vicente Cebrián publicó su famoso Edicto de limitación de las actividades cofradieras, que iba a provocar un largo pleito entre las cofradías egabrenses y el obispado de Córdoba. Un tema que ya hemos estudiado en alguna ocasión.

Otra circunstancia de especial relevancia fue el llamado Catastro de Ensenada, del año 1747. Una encuesta, en el ámbito de la Corona de Castilla, que recogía los datos de sus habitantes, propiedades, edificios, ganados, oficios y rentas. Fue ordenada por el rey Fernando VI a propuesta del marqués de la Ensenada, como paso previo a otros proyectos de los gobiernos ilustrados.

Más adelante, ya en el año 1762, Pedro Rodríguez Campomanes, desde su cargo de Fiscal General del Consejo de Castilla, había iniciado su lucha contra las asociaciones religiosas civiles, especialmente con las de carácter gremial, consiguiendo su extinción por un decreto de 27 de julio de 1767. Pero el objetivo final era la supresión de todas las cofradías y destinar sus bienes a los hospicios y a otras instituciones de carácter asistencial.

Iban a ser dos obispos, los de Ciudad Rodrigo y Córdoba, los que iban a provocar el desenlace. En el año 1768 se quejaban de que las cofradías no cumplían con sus fines fundacionales y que se cometían muchos excesos. El obispo cordobés era don Martín de Barcia y Carrascal. Ambos prelados pedían la intervención del Rey para remediar la situación.

De ahí que el Consejo de Castilla pidiera a Campomanes un estudio profundo del tema. La orden nacía en el ámbito de un ambicioso programa de reforma del mundo cofradiero, que la Corona maduraba por aquellos años.

Se ha llegado a afirmar que el sometimiento de la Iglesia era el objetivo fundamental para la consolidación de la monarquía borbónica. Por el contrario, en los países cristianos no católicos, luteranos y anglicanos aceptaron pronto la sumisión de la Iglesia a la Corona.

Para el estudio de las hermandades y cofradías a finales del siglo XVIII existe un documento fundamental: el Informe General sobre las cofradías del año 1773. Se trata de un material ya estudiado por algunos investigadores del mundo cofradiero.

Sobre este Informe ha habido algunos estudios interesantes, como los de Romeu de Armas (1944), Romero Samper (1988), Arias de Saavedra (2002), Martín García (2006) o Mira Caballos (2004, 2012).

El contenido de este Informe es excepcional para conocer la situación real de las cofradías a finales del Antiguo Régimen. No obstante, hay que tener en cuenta que, en algunos casos, los informantes ocultaron o minimizaron algunos datos relevantes, ante la sospecha de que la información podía ser manipulada, desde un punto de vista político, con carácter partidista, para fiscalizar y debilitar a estas instituciones populares.

Carlos III y Carlos IV pretendieron controlar y reducir el fenómeno cofradiero, muy poderoso desde mediados del siglo XVII, al entender que sus gastos superfluos eran excesivos y que no siempre se cumplían los objetivos devocionales previstos en sus reglas.

Por otra parte, se argumentaba que estas organizaciones no beneficiaban al bien general del país, sino que, por el contrario, significaban un lastre y un perjuicio para el mismo.

Se les llegaba relacionar con las llamadas "manos muertas", al ser acusadas de no producir beneficios palpables para la sociedad. Según la Real Academia de la Lengua, se entiende por "manos muertas" a los poseedores de una finca "en quienes se perpetuaba el dominio por no poder enajenarla. De esta clase eran las comunidades y mayorazgos". Estas instituciones, entre las que se incluían los denominados vínculos y obras pías, poseían bienes durante generaciones por lo que, al no haber transmisión de titular, no se pagaba los impuestos correspondientes.

Algo parecido sucedía con los bienes de las cofradías y comunidades religiosas, que también se libraban de este tipo de cargas. De ahí que los "ilustrados" consideraran inútiles, no provechosas e incluso perjudiciales para el país, este tipo de instituciones.

En el año 1770, se había pedido a los responsables de las Intendencias provinciales que informaran sobre la situación de las cofradías de su demarcación.
En el Archivo Histórico Nacional, sección de Consejos (7091,9), se conserva el expediente emitido por la Intendencia de Córdoba. En él se relacionan las "Hermandades, Cofradias y Congregaciones... segun las noticias remitidas por las Justicias de los pueblos de esta Provincia de Cordoba", de acuerdo con la Orden de 28 de septiembre de 1770, que había remitido el Conde de Aranda, presidente del Consejo de Castilla.

El día 9 de septiembre de 1773, don Pedro Francisco de Pueyo, remite un informe a don Antonio Martínez Salazar, en el que se dice que en la provincia de Córdoba hay un total de 730 cofradías. Once de ellas con aprobación Real, 505 con aprobación del Obispo y 214 sin ningún tipo de aprobación. Que las mismas celebran un total de 4.288 fiestas anuales, en las que gastan 491.402 reales y medio de vellón.

Don Pedro Francisco de Pueyo y Armendáriz era Intendente de la provincia de Córdoba desde el día 9 de mayo de 1770. Luego pasó a ser Intendente del Ejército y Reino de Valencia, cargo que ocupó hasta su jubilación en 1789.

El Intendente hace saber que "el mayor numero de ellas carece de Rentas y que los gastos de sus Funciones se suplen ya de las contribuciones de los Congregantes, de las Limosnas voluntarias o a costa de los Hermanos Mayores, que, ascendiendo a crecidas sumas, no tienen aquella aplicacion util que combiniera, porque en mucha parte se destinan a superfluidades inconducentes, que producen infinitos perjuicios"

Pueyo propone "la extinción de las tales Cofradias, Congregaciones y Hermandades y que, subsistiendo aquellas que tengan algunas rentas, se limiten sus gastos al producto de ellas y unicamente con aplicación a exercicios de devoción y charidad, sujetando, especialmente en las que fuesen quantiosas, a los respectivo Mayordomos o Administradores a que anualmente presente quentas de sus valores y distribucion".

También propone que, en la ciudad de Córdoba, "subsistan las cofradías del Santísimo Sacramento, del Rosario, Orden Tercera, Ánimas, de San Pedro que se compone de sacerdotes y de la Escuela de Cristo en atención a los frecuentes ejercicios de devoción y de piedad que tienen; y que las rentas que poseen y limosnas que adquieren las invierten en dichos fines; como también las de San Bartolome y San Ildefonso, en la iglesia del titulo del primer santo de la expresada ciudad en su iglesia de la misma, y la de San Rafael en su ermita de la propia; como asimismo las de la Caridad de las villas de Chillon, Iznajar, Cabra, Espiel, Villanueva de Cordoba, Fuente Ovejuna y en la villa de Palma, la del mismo titulo y la del Buen Suceso".

(continuará)

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